lunes, 24 de marzo de 2008

Incesto entre hermanos

Leo que el Tribunal Constitucional alemán "sentenció ayer que el incesto sigue siendo un crimen penalizado por la ley y que su prohibición es un eficaz instrumento para la «protección del orden familiar» en el país.", a raíz de la demanda presentada por dos hermanos que pretendían casarse.
No es de extrañar. En Chile el incesto también está penado, según el artículo 375 del Código Penal:

"Artículo 375. El que, conociendo las relaciones que lo ligan, cometiere incesto con un ascendiente o descendiente por consanguinidad o con un hermano consanguíneo, será castigado con reclusión menor en sus grados mínimo a medio."

Es decir, tanto en Chile como en Alemania (y en casi todo el mundo) dos adultos no pueden tener relaciones sexuales con quien deseen, aunque ambos quieran.

(Antes de continuar, aviso a los que sepan leer que no estoy defendiendo el abuso a menores, que el abuso a menores y el incesto son cosas distintas, y que me refiero a relaciones sexuales consentidas entre adultos. Repito: relaciones sexuales de mutuo consentimiento entre adultos: por ejemplo, hermano y hermana mayores de edad, hermano y hermano mayores de edad, madre e hijo mayores de edad, etc. No me refiero en ningún caso a menores de edad)

La justificación racional para la prohibición es bastante débil. Analizaré algunas razones de las esgrimidas comúnmente:

  • Es pecado, según la religión X o Y: No es razón para dictar leyes en estados laicos.
  • Es horrible y asqueroso: Vamos, he dicho racionales.
  • Los hijos salen deformes: Es una mala justificación, por varios motivos:
  1. La ley no hace excepciones para las relaciones que no pueden engendrar hijos; por ejemplo, las relaciones homosexuales, o entre personas estériles (en el caso de los hermanos alemanes él se sometió a la vasectomía). Si esa fuera la razón, debería hacer tales excepciones.
  2. No hay leyes prohibiendo relaciones sexuales entre personas que tienen defectos genéticos que con seguridad se heredan, como la diabetes o la hemofilia.
  3. Y, menos importante, no hay evidencia concluyente de que la progenie de parientes cercanos tenga necesariamente defectos genéticos. No puede haber tal evidencia, ya que los estudios correspondientes son imposibles de efectuar: los padres incestuosos irán a dar a la cárcel si se prestan para tales estudios. Hay, sí, al menos un estudio sobre los hijos engendrados por primos hermanos que muestra que la incidencia de malformaciones genéticas es sólo un poco mayor que entre la población en general. Tanto la teoría como la práctica en animales demuestra que los cruzamientos entre consanguíneos darán como resultado problemas genéticos cuando existe una enfermedad que necesita de los genes de ambos progenitores para manifestarse, ya que si uno de ellos lo tiene, el otro casi con toda seguridad lo tendrá también. En otro caso, no se presentará enfermedad alguna.
(Por favor, si hay un biólogo en la sala... )
  • Debilita a la sociedad: Ése es el argumento estándar para segregar tipos de familias: que el matrimonio homosexual debilita la sociedad, que las uniones libres debilitan la sociedad... Es un concepto de sociedad bastante arcaico. Parece claro que la sociedad actual tiene fundamentos económicos (y las antiguas también; pero ése es oootro tema y debe ser tratado en otra ocasión).
  • El incesto debe prohibirse para proteger al miembro más débil: Es uno de los argumentos esgrimidos por el tribunal alemán. Es una falacia, porque asume la existencia de un miembro más débil, que debe ser protegido de sí mismo, en toda relación incestuosa. En una relación entre hermanos no tiene por qué haberlo; o al menos las probabilidades no son más altas que en una relación normal.
  • El incesto es abuso sexual: Pues no lo es. Puede serlo, y puede no serlo. Que muchas veces lo sea no es razón para hacer ilegales los casos en que no lo es.
En fin. Éste es el tipo de argumento que, de hacerlo público, me haría acabar linchado por una multitud. Recuerda: este es el blog de una obsesión.

El Estado Chileno es coherente

Por ese motivo, los sitios web del Estado Chileno cumplen con los lineamientos de la Guía para el Desarrollo de Sitios Web , (tan parecida a la Guía del Autoestopista Intergaláctico ), sobre todo en su capítulo "Interoperabilidad" : "Utilizar código HTML estándar, no mejorado para un visualizador en especial".
Sirva de ejemplo el sitio del Servicio Electoral.
O el del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
O el de la Red Enlaces , cuya nota al pie dice "Portal optimizado para resolución mínima de 800 x 600 pixeles y con versiones Explorer 4.0 o superior, requiere Flash Player 7 o superior", sin arrugarse.

Hay que reconocer que el sitio del Serviu sí es consistente. Se ve mal por igual en IE7, Firefox 2 y Ópera.

Programación (de TV) en Semana Santa

Semana Santa, el momento de emitir películas sobre el cristianismo.
Por ejemplo, Cleopatra.


¡Ah, las películas de romanos! Dentro de poco, Gladiador será también un clásico de Semana Santa.

martes, 18 de marzo de 2008

Así piensan en LUN

Leo en LUN la noticia de la violación a una niña de 11 años por un vecino de 26.

¿Por qué en el titular dice "amorío"? ¿No está suficientemente claro que es una violación?
¿O es que el redactor de titulares - los titulares no necesariamente son escritos por quien redacta la noticia - piensa que es de hecho un amorío, porque no hubo empleo de fuerza?

Recuerda: esto es el blog de una obsesión.

lunes, 17 de marzo de 2008

La numerología no puede funcionar

La numerología basada en la fecha de nacimiento no puede funcionar, porque:
  • El año en curso varía según el calendario utilizado (por ejemplo, el año chino, el hebreo o el musulmán), ya que utilizan diferentes puntos de partida.
  • Aún en calendarios con un punto de partida común la fecha en curso varía. Por ejemplo, el calendario Juliano, utilizado hasta mediados del siglo XIV (y hasta mediados del siglo XX en Rusia), está retrasado más de un mes respecto al gregoriano.
  • Aún utilizando sólo un calendario la fecha en curso varía. Considérese el caso de dos personas nacidas al mismo tiempo en diferentes husos horarios, en uno de los cuales "ya se ha pasado al día siguiente"; o en una una persona nacida en una fecha límite para un cambio de hora (como el "horario de verano"), o en un avión en vuelo (la hora del nacimiento, ¿es la del huso horario en el que se encontraba el avión?) En muchos países (Chile incluido) se utilizan a la vez varias horas "oficiales".
Es decir, la fecha de nacimiento de una persona es un número totalmente arbitrario. Se puede elegir varios igualmente válidos. Cada uno de ellos producirá un resultado totalmente distinto en las predicciones numerológicas basadas en año de nacimiento, y, a diferencia de las magnitudes físicas, no existe un sistema de ajuste coherente entre un sistema de medidas y otro.

La numerología en general no puede funcionar, porque:
  • A diferencia de las matemáticas, cuyos resultados son independientes del sistema de notación utilizado, los resultados de la numerología son distintos según el sistema de notación.
Es decir, la suma de los cuadrados de los catetos es igual al cuadrado de la hipotenusa, no importa si escribimos los cálculos en decimal, octal, hexadecimal o en números romanos. En cambio, los resultados que obtiene la numerología dependen del sistema de numeración utilizado.

Da igual. Sigues creyendo en la numerología, porque a ti te funciona, ¿verdad?

jueves, 13 de marzo de 2008

Leyes chilenas (II): Sodomía

Arículo 365 del Código Penal:

El procesado por el delito de sodomía sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio.

Así que ya lo sabes. Nada de dar por el culo.


Esto es ley en Chile.

Leyes chilenas (I): Igualdad ante la ley

Código penal, artículo 358:

El rapto de una mujer de buena fama ejecutado contra su voluntad y con miras deshonestas, será penado con presidio menor en su grado máximo a mayor en su grado mínimo. Cuando no gozare de buena fama, la pena será presidio menor en cualquiera de sus grados.


Ya lo sabes. Si quieres raptar a una mujer, primero preocúpate de crearle mala fama.


Ésto es ley en Chile.